Nueva etapa de cuarentena: Qué actividades serán permitidas desde mañana
En el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 y prorrogado por Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 325/20 y 355/20, estas son las actividades que se permitirán a partir del 28 de abril con los correspondientes protocolos sanitarios.
** Oficinas de Dirección General de Rentas de la Provincia y Municipales, con guardias mínimas para mantener solo la continuidad de las actividades esenciales para cada repartición, cumpliendo los protocolos sanitarios y con personal no comprendido entre la población considerada de riesgo.
** Actividad registral desempeñada por el Registro de la Propiedad Inmueble dependiente del Ministerio de Economía de la Provincia, Registros Notariales y de la Propiedad Automotor y Gestorías, conforme protocolos aprobados por Autoridad Competente, con sistema de turnos y guardias mínimas, atendiendo solo por personal indispensable, de 8 a 14 hs.

** El comercio minorista podrá vender mercaderías solo a través de plataformas de comercio electrónico o telefónicamente. Los pedidos se tomarán de lunes a viernes de 9 a 14 hs.
Expendio de bebidas funciona con delivery de 9 a 14 hs.

Tomando en cuenta los resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística adecuada. Se habilita la presencia de personal mínimo e indispensable con un máximo de 3 persona. En ningún caso los comercios podrán abrir las puertas al público. Los rubros contemplados en esta disposición son: indumentaria, accesorios, mercerías, hilados y tejidos, blanquerías, textiles, talabarterías, calzados, mueblerías, colchonerías, papelerías, herboristerías, perfumería, decoración, artefactos para el hogar, insumos y actividades informáticas, relojerías, joyerías, maquinaria de uso general o especial, repuestos, bazar, descartables, jugueterías, bicicleterías, cotillón, florerías y viveros. Suplementos y equipamientos deportivos.
** Materiales para la construcción, corralones y pinturerías funcionan de forma presencial de 9 a 14 horas.

** Atención médica, oftalmológica y odontológica (solo para el seguimiento de enfermedades crónicas, continuidad de tratamiento y de carácter preventivo, dando prioridad a los adultos mayores).
En todos los casos, con turnos previos solicitados entre las 8 y las 19 horas, respetando los protocolos establecidos por cada Colegio Profesional y aprobados por el Ministerio de Salud de la Provincia.
** Laboratorios de análisis clínicos y estudios por imágenes funcionan de manera presencial de 8 a 17 horas con turno previo.

** Psicólogos, Kinesiólogos, Nutricionistas y Fonoaudiólogos atienden con turno previo de 14 a 19 horas.
** Ópticas y ortopedias con turno previo de dos pacientes por hora, de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Con personal mínimo e indispensable a cargo y garantizando las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud de la Provincia.
** Empresas de seguros y servicios de verificación de siniestros, únicamente en forma digital, permitiendo realizar pagos por arreglos de todo tipo de vehículos afectados. Se habilitará al personal mínimo e indispensable. En ningún caso se habilita la atención al público en forma presencial. 9 a 14 hs.

** Procesos industriales textiles, de metal-mecánica y otros específicos, con autorización previa del Ministerio de la Producción. Horario 7 a 18.
** Servicio de transporte público, frecuencias diarias comprendidas entre las 5 y las 21 hs. únicamente con pasajeros sentados que cuenten con su autorización emitida por el sistema de control de circulación y observando los protocolos de sanidad establecidos por el Ministerio de Salud.
** Transporte semipúblico de taxis y remises, solo servicios a domicilio solicitados vía telefónica o virtual de lunes a viernes de 9 a 21hs., con un único pasajero sentado en el asiento trasero del vehículo y con su autorización emitida por el sistema de control de circulación. Para traslado de mercaderías o bultos acompañado del correspondiente comprobante de compra, quedando prohibido levantar pasajeros en la vía pública bajo pena de sanciones y multas.
**La recolección de residuos se realiza con una planificación especial sectorizada por zonas.

Se recuerda la obligatoriedad del uso del barbijo (casero o tapa nariz y boca) para quienes transitan la vía pública o permanezcan en lugares públicos. Así mismo, para disminuir el riesgo de contagio se deberá mantener el distanciamiento entre personas y el lavado de manos con agua y jabón en forma permanente.
Las autorizaciones para transitar se realizan a través de la página www.circulando.sde.gob.ar para todas las personas y entidades encuadradas en las actividades autorizadas.
Creado:
27 abril, 2020