Defensores plantearon la nulidad de requisitorias en la causa del crimen de Marito Salto

Peticionaron que se declare la nulidad de las requisitorias fiscal y de la querella particular que representa al padre de la víctima.

La cuarta jornada del juicio oral, que se sigue por el asesinato del niño Mario Salto, tuvo por característica principal los cuestionamientos formulados por los defensores de quienes son juzgados, los que coincidentemente peticionaron que se declare la nulidad de las requisitorias fiscal y de la querella particular que representa al padre de la víctima.

En primer lugar, el abogado Jorge Navarro, quien representa a los hermanos Daniel y Ramón Ocaranza, sostuvo que no está determinado el hecho que funda la acusación por presunto encubrimiento contra sus clientes, al no haberse puntualizado modo, tiempo y lugar en que habrían cometido el delito.

A esa idea se sumó el abogado Miguel Torres, asesor legal de María Eugenia Montes, Pablo Roberto Ramírez, Ramón Eduardo Rodríguez, Rodolfo Adrián Sequeira, al sostener que se vulneró el derecho de defensa de sus representados porque no se cumplió con el debido proceso, al no cumplirse con lo preceptuado por el Código de Procedimiento Penal.

Básicamente, en la misma postura se posicionaron los otros defensores, como Martín Jiménez Soria (letrado de Gustavo Hernández); Claudia Luna (de Daniel Sosa) y Paulo Campos y Miguel Juárez, quienes defienden a supuesto autor intelectual del homicidio triplemente calificado, Miguel Ángel Jiménez.

Cada uno de ellos enumeró presuntos incumplimientos con respecto a lo que establece el Código de Procedimiento Penal de Santiago del Estero, cuando se llevó adelante la investigación y que deberían originar la declaración de nulidad de las requisitorias de elevación a juicio.

Rechazo de planteos

Posteriormente, los fiscales Álvaro Cantos y María Alejandra Holgado, hicieron uso de la palabra para requerir el rechazo de los planteos formulados por las defensas técnicas.

Sobre el particular, aseguraron que se cumplieron con las pautas fijadas por la normativa, vigente en el momento del hecho de sangre en 2016, y que se notificaron a las partes de medidas procesales realizadas. Al respecto, manifestaron que en la requisitoria se describe adecuadamente la conducta de cada uno de los imputados, por lo que no se viola el derecho de defensa ni el principio de congruencia.

Tampoco debía excluirse el informe de un licenciado en Antropología correntino ni descartar la intervención que tuvieron policías de otra provincia, cuando se efectuó el rastreo de evidencia con perros adiestrados para este tipo de tarea y que los testigos de identidad reservada dejarán de serlo cuando se presenten a declarar en este juicio oral. Por lo tanto, no se vulneraron el derecho de defensa ni debido proceso, argumentaron.

En esa misma línea se pronunció la querellante particular, Pamela Gadan, quien representa al padre de la víctima, Mario Alberto Salto.

A continuación, Torres rechazó los argumentos esgrimidos por la Fiscalía y la querella, insistiendo en que se debe dictarse la nulidad de las requisitorias.

Luego, el Tribunal integrado por los Dres. Alfredo Pérez Gallardo, Daniela Campos Nittinger y Luis Domínguez, decidió pasar a un cuarto intermedio hasta la semana que viene, en que se pronunciará sobre los planteos que formularon todas las partes involucradas en este proceso penal.

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