Régimen Penal Juvenil: el Gobierno reglamentó la ley que alcanza a adolescentes desde los 14 años

El nuevo sistema establece medidas socioeducativas, penas alternativas y, para los delitos más graves, la privación de la libertad por un máximo de 15 años. El Ministerio de Justicia será la autoridad de aplicación y coordinará su implementación con las provincias.

El Gobierno nacional reglamentó este lunes el nuevo Régimen Penal Juvenil, establecido mediante la Ley 27.801, que será aplicable a adolescentes desde los 14 años y hasta las cero horas del día en que cumplan 18, cuando sean imputados por un hecho tipificado como delito.

La medida quedó oficializada mediante el Decreto 875/2026, publicado este 7 de septiembre en el Boletín Oficial. La reglamentación designa al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación y establece la estructura institucional necesaria para poner en funcionamiento el nuevo sistema en el ámbito nacional y federal.

La entrada en vigencia del régimen representa un cambio sustancial en la legislación argentina, ya que reemplaza el sistema establecido por la Ley 22.278 e incorpora a los adolescentes desde los 14 años dentro de un esquema especial de responsabilidad penal.

Responsabilidad, educación y reinserción

La ley establece que la finalidad del régimen no será únicamente determinar la responsabilidad penal del adolescente. También buscará promover su educación, resocialización e integración social, mediante medidas orientadas a reducir la reincidencia y superar las situaciones de vulnerabilidad y conflictividad vinculadas con la comisión del delito.

Durante todo el proceso deberán garantizarse el derecho de defensa, el debido proceso, la presunción de inocencia y la aplicación de medidas proporcionales. Cualquier restricción de derechos deberá ser excepcional, indispensable y lo menos lesiva posible.

La normativa también dispone que los adolescentes privados de su libertad deberán permanecer en establecimientos especialmente acondicionados, separados de las personas adultas y bajo la atención de personal capacitado.

Qué medidas y penas contempla

El nuevo régimen incorpora distintas respuestas judiciales que deberán ser analizadas de acuerdo con la gravedad del hecho, las circunstancias personales del adolescente y su evolución dentro del proceso.

Entre las medidas complementarias se encuentran:

  • Supervisión de equipos interdisciplinarios.
  • Continuidad o finalización de los estudios obligatorios.
  • Capacitación laboral y aprendizaje de oficios.
  • Participación en programas deportivos, recreativos y culturales.
  • Tratamientos médicos o psicológicos.
  • Abordaje de consumos problemáticos.
  • Realización de tareas comunitarias.
  • Reparación integral del daño.
  • Monitoreo electrónico.
  • Prohibiciones de acercamiento o contacto con determinadas personas.

Para determinados delitos también estarán previstas la mediación penal juvenil y la suspensión del proceso a prueba. La mediación podrá aplicarse, con el consentimiento de la víctima, en hechos cuya pena máxima no supere los seis años de prisión.

La privación de la libertad quedará reservada para los casos de mayor gravedad. La ley prohíbe expresamente imponer reclusión o prisión perpetua y fija en 15 años el plazo máximo de encarcelamiento para una persona adolescente.

Supervisores especializados

Uno de los puntos centrales de la reglamentación es la creación del Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil. Estos profesionales tendrán la responsabilidad de acompañar, controlar y realizar el seguimiento de los adolescentes sometidos a medidas judiciales.

Los supervisores deberán contar con conocimientos y formación en áreas como educación, pedagogía infantojuvenil, psicología, adicciones o trabajo social.

Mientras se conforma el registro definitivo, el Ministerio de Justicia elaborará un listado provisorio de profesionales. La primera convocatoria pública deberá realizarse dentro de los 180 días posteriores a la entrada en vigencia del decreto.

Coordinación entre distintas áreas del Gobierno

El decreto crea además el Comité Interministerial del Régimen Penal Juvenil, que funcionará de manera permanente dentro del Ministerio de Justicia.

Estará integrado por representantes de los ministerios de Justicia, Seguridad Nacional, Capital Humano y Salud. Su función será coordinar políticas de prevención, tratamiento y reinserción, intercambiar información técnica y articular la ejecución de las penas y medidas previstas.

También podrá convocar a representantes de organismos especializados en niñez, consumos problemáticos, defensa pública y administración de justicia.

Una Mesa Federal con las provincias

La implementación del nuevo régimen requerirá una participación activa de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para ello se creó la Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil, destinada a coordinar criterios técnicos y procesales entre las distintas jurisdicciones.

Cada provincia podrá designar un representante. También podrán participar la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Procuración General y la Defensoría General.

Este espacio permitirá intercambiar experiencias, establecer buenas prácticas y promover convenios de colaboración para aplicar la normativa en todo el territorio argentino. Las provincias deberán adecuar sus procedimientos y estructuras administrativas a los derechos y garantías previstos en la nueva legislación.

Derechos y asistencia para las víctimas

La Ley 27.801 también incorpora disposiciones específicas para las víctimas de delitos cometidos por adolescentes.

El Estado deberá garantizarles asistencia psicológica y social especializada, acceso a patrocinio jurídico gratuito cuando no puedan afrontar esos gastos y la posibilidad de intervenir en las distintas etapas del proceso.

Además, cualquier mediación penal requerirá necesariamente el consentimiento de la víctima. Los padres o responsables de los adolescentes sometidos al proceso continuarán siendo civilmente responsables por los daños ocasionados, según las disposiciones del Código Civil y Comercial.

El desafío de la implementación

La ley fue sancionada por el Congreso el 27 de febrero de 2026 y publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo. La norma fijó un plazo de 180 días para su entrada en vigencia y el Decreto 875/2026 determinó que la reglamentación comenzará a regir conjuntamente con ella.

A partir de ahora, el principal desafío será lograr que las provincias cuenten con jueces, fiscales, defensores, supervisores, equipos interdisciplinarios e instituciones adecuadas para aplicar el régimen.

La puesta en funcionamiento del sistema exigirá coordinación entre la Justicia, las áreas de seguridad, salud, educación, desarrollo social y protección de la niñez, con el propósito de combinar la responsabilidad penal con oportunidades concretas de educación, reparación y reinserción social.

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