Crimen de Marito Salto: prisión perpetua para Miguel “Terrible” Jiménez y “Rodi” Sequeira

 

 La lectura del veredicto puso esta noche fin al juicio oral que se llevó adelante por el crimen del niño Mario Agustín Salto, ocurrido en la ciudad de Quimilí en 2016.

         El Tribunal presidido por el Dr. Alfredo Pérez Gallardo y secundado por los Dres. Luis Domínguez y Daniela Campos Nittinger resolvió, de forma unánime, condenar a Miguel Ángel Jiménez y Rodolfo Sequeira a prisión perpetua.

         El primero de ellos fue encontrado culpable de ser autor intelectual de homicidio triplemente calificado por alevosía, ensañamiento y el concurso premeditado de dos o más personas, abuso sexual con acceso carnal y privación ilegítima de la libertad, en concurso ideal de delitos.

         En cuanto a Sequeira, se lo considera partícipe primario de las mismas figuras penales mencionadas arriba.

         En cambio, Ramón Rodríguez recibió una condena de 11 años de prisión como partícipe secundario del crimen, secuestro y abuso sexual.

         Para los magistrados, María Eugenia Montes, los hermanos Daniel y Ramón Ocaranza y Pablo Ramírez son penalmente responsables de encubrimiento agravado de homicidio triplemente calificado por alevosía, ensañamiento y el concurso premeditado de dos o más personas, abuso sexual con acceso carnal y privación ilegítima de la libertad, por lo que les cabe 3 años de prisión efectiva para cada uno de ellos.
         Sin embargo, sólo Montes y Ramón Ocaranza fueron detenidos inmediatamente después de que finalizara la lectura del fallo, a cargo de la secretaria de Transición, Dra. María Fernanda Barbesino.
         Como Daniel Ocaranza era menor de edad cuando se produjo el asesinato de “Marito”, se estableció su responsabilidad penal en el hecho y se ordenó un tratamiento psicológico e informe socio ambiental, a los fines de evaluar oportunamente si debe aplicarse o no la sanción impuesta.

         En relación a Pablo Ramírez, si bien fue hallado culpable de encubrimiento agravado, por el tiempo que permaneció detenido, no perdió su libertad ambulatoria.

         Finalmente, Daniel Sosa y Gustavo Hernández fueron absueltos por el beneficio de la duda, por lo que el primero de ellos recuperó la libertad de inmediato y el segundo continuará libre.

         Por otra parte, los magistrados resolvieron rechazar los planteos de nulidades que habían formulado las partes y la exclusión probatoria, fijando para el martes 18 de octubre la lectura de los votos.

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