Quejas de conductores con la policía caminera de Córdoba ¿son válidas las multas que aplican?

Ante las constantes quejas, aparecen las dudas en muchos conductores que transitan por la Ruta Nacional 9

A la hora de renovar el registro o vender el auto, muchos santiagueños se encuentran con infracciones de otras provincias, especialmente las cometidas en Córdoba, ya que los montos de las multas que aplica la Policía Caminera de esa provincia volvieron a subir como consecuencia del incremento del precio de la nafta registrado en los últimos meses.

Ante las constantes quejas, aparecen las dudas en muchos conductores que transitan por la Ruta Nacional 9: ¿Son válidas la aplicación de estas multas? ¿Hay que pagarlas? ¿Pueden resolverse desde Santiago del Estero?

Al respecto, el defensor del Pueblo de Santiago del Estero, Lionel Suárez, recordó que “Córdoba, adhirió a la ley nacional de Tránsito y a la creación de la Agencia Nacional de Seguridad de Tránsito, pero se reservó el poder de policía, lo que sería específicamente la facultad de controlar todas las contravenciones que ocurren sobre la cinta de jurisdicción nacional que atraviesan su territorio”, contó.

“Hay muchas multas que no se pagan, pero al no realizarse, esa acta de infracción es anotada en el Registro de la Propiedad Automotor del titular, y cuando esta persona deba renovar la licencia de conducir, va a saltar esa multa y se debe pagar para poder continuar con el trámite”, recalcó sobre el tema.

“Nuestra defensoría ha solicitado en numerosos casos solicitó la participación de la Defensoría de la provincia de Córdoba, que en un balance, podemos decir que obtuvimos la nulidad de esas infracciones. Al no existir carteles de que hay un control de seguridad vial, hace que una persona incauta que no esté respetando los límites de velocidad que son 110 km/h en rutas nacionales quede presa del control que establecen los radares móviles en la provincia de Córdoba”, resaltó.

“Al momento de la señalética, es decir de poder establecer las señales de control de seguridad vial, ellos se excusan en que no hay porque la Agencia Nacional de Seguridad Vial o la Dirección Nacional de Tránsito no colocan los carteles en la banquina que es de jurisdicción nacional, no de la provincia de Córdoba”.

Qué hacer ante estos casos

Por otro lado, Suárez resaltó que la policía Caminera de Córdoba “les hace saber a quienes fueron objeto de esas multas, que pueden hacer el descargo en el juez de su domicilio, pero el problema es que ninguna provincia ha suscripto un convenio multilateral para que esto se haga efectivo, con lo cual los juzgados de Faltas de Santiago del Estero, pueden recibir esos descargos pero no van a impactar en donde realmente corresponde, que es el juzgado de Faltas en favor de quien se ha librado esa sanción”.

El defensor del Pueblo indicó que “el que transita una ruta nacional debe saber que el límite de velocidad en las rutas nacionales es de 110 km, aún así no hay esos carteles preventivos; tampoco hay carteles que indiquen que hay un control establecido por la policía caminera de Córdoba, a la que por ley se le ha delegado controlar todas las contravenciones sobre las rutas nacionales”.

Por todo ello, Suárez consideró que en Córdoba “se ha pergeñado un sistema que es totalmente recaudatorio y no de prevención de accidentes de tránsito como indica la Ley de Tránsito”.

En la Argentina no hay coordinación interjurisdiccional en materia de infracciones, juzgamiento en cercanía ni convenios de reciprocidad de gestión de cobro, por lo que las infracciones deben discutirse en el lugar en el que fueron confeccionadas, aunque haya que hacer 1.000 kilómetros para ir a ver al juez de faltas. El envío de una carta suele ser una opción, pero de dudosa efectividad y, como se verá, con la pérdida del descuento por pago voluntario.

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