Repudian el fallo que dejó en libertad a un acusado de abuso sexual en Quimilí

Las organizaciones Red de Abogadas Feministas, Ni Una Menos y Mujeres de la Matria Latinoamericana (MuMaLa) repudiaron la decisión del juez Fernando Paradelo, quien dictó falta de mérito legal y concedió la libertad a Daniel Villarreal. El sujeto está acusado de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una adolescente de 15 años, en la ciudad de Quimilí.

“La justicia local no sólo continua vulnerando la salud física y psicológica de la víctima, sino que también perpetua las discriminaciones que las mujeres sufrimos en el ámbito judicial, donde permanentemente se pone en tela de juicio nuestra credibilidad. Por esto es que alzamos la voz en pedido de Justicia, ya que la libertad del agresor, representa un peligro para la integridad y para la vida de la adolescente denunciante. Exigimos que se revea inmediatamente la resolución para que Daniel Villarreal permanezca detenido a la espera del Juicio Oral”, manifiesta el comunicado.

A su vez, recuerda que el hecho mencionado tuvo lugar el 15 de junio, cuando la menor se encontraba con una amiga en una plaza de Quimilí. Se les acercó Daniel Villareal (conocido de la familia) y les ofreció llevarlas a sus casas. “Primero dejó en su domicilio a una de las adolescentes, luego comenzó la pesadilla para la otra. Se desvió del camino y la llevó hasta la pista de aviación de la ciudad. Estacionó en un camino vecinal, trabó las puertas del auto, apagó las luces y abusó sexualmente de la joven. Sin posibilidad de recibir auxilio o socorro, en un lugar alejado, la joven padeció el abuso. Como si nada hubiera pasado, finalmente, la llevó a su casa. La adolescente pudo contarle a sus padres lo ocurrido, y juntos, radicaron la denuncia penal, logrando que se ordene la detención del agresor”, relataron desde MuMaLa.

En la audiencia realizada el día 12 de agosto, la fiscal Dra. Victoria Sottini, junto a la Dra. Malena Bustos como querellante particular, solicitaron la prisión preventiva del acusado fundando su pedido en las múltiples evidencias en su contra: declaraciones en cámara gesell, informes psicológicos y declaraciones testimoniales. Por su lado, los Dres. Mirko Slamich y Washington Inca Cardozo requirieron la falta de mérito del imputado, por mediar, según ellos, “consentimiento”, a pesar de las múltiples ocasiones en las que la adolescente remarcó la inexistencia de tal consentimiento.

Por su parte, el magistrado argumenta: “se asume que ante la carencia de lesiones en el cuerpo de la menor, carencia de evidencia que podría mediar amenazas o intimidación para impedir solicitar ayuda, siendo por tanto que debe estarse al dictado de la Falta de Mérito

El peligro de esta visión, según contrastaron desde la organización, es que “la justicia patriarcal define al consentimiento de una manera perversa: un hombre siempre podría presumir la disposición sexual de la mujer, aun cuando esta diga ‘no’. Es decir, siguiendo esta lógica, si una mujer no tiene marcas visibles que hagan ver que la misma ha prestado resistencia, el abuso sexual no existiría”.

“El fallo carece de perspectiva de género porque refuerza estereotipos que a las mujeres nos impiden decidir en libertad sobre nuestros cuerpos. A la vez que sostiene una mirada patriarcal al no tener en cuenta la clara relación asimétrica de poder que existía entre la joven de 15 años y el acusado de 35, varón y adulto. Circunstancia que evidencia la vulnerabilidad en que se encontraba la denunciante”, agrega.

Por otra parte, sostiene que “en ningún momento el juez cuestiona el accionar del imputado, quien se aprovecha de la situación desigual. El juez sólo hace referencia al accionar de la víctima, cuestionándola e indicando cómo debería haber actuado la denunciante durante al acto violento: ¿debió pedir auxilio o gritar más fuerte?” “Cuando hablamos de justicia patriarcal, denunciamos este tipo de resoluciones vergonzosas, carentes de perspectiva de género, que ponen la responsabilidad siempre en la víctima y nunca en el  victimario. Es evidente que el magistrado ignora que nuestra provincia adhirió a la Ley Micaela, la que obliga a los operadores jurídicos no solo a capacitarse en materia de género, sino también a sentenciar conciliando la normativa nacional con los instrumentos internacionales que protegen los derechos humanos de las mujeres”, plantearon. 

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