Se extendió la veda de pesca del Salminus Brasiliensis
Ponemos en conocimiento partes del texto de la Resolución emitida por el ente provincial
La Dirección General de Bosques y Fauna emitió una Resolución (N° 1.574) en el mes de diciembre del año pasado con respecto a la veda de pesca de la especie Dorado (salminus brasiliensis) por lo que recomienda tomar todos los recaudos para que la especie pueda cumplir con el desove y fecundación correspondiente.
En la misma se puede leer que en el art. 7° de la Ley Provincial N° 4.802 “Protección de Fauna Silvestre” faculta a la Dirección a reglamentar acciones al manejo del recurso faunístico.
En el Art. 88° faculta a dicha Dirección a establecer normas y requisitos necesarios para el ejercicio de la caza y pesca, aclimatación y crianza de animales, fijar épocas de veda y zona de reserva. Que es función de la sub Dirección General de Fauna preservar y aprovechar los recursos ictícolas en forma racional y prudente tendiendo a preservarlos a perpetuidad en forma continua y equilibrada.
Ante estos considerandos del Director de Bosques y Fauna en ese momento Ing. Rosales resolvió, extender al veda del Dorado en aguas de jurisdicción provincial a partir del 01 al 31 de diciembre del año 2.020.
Las infracciones a la resolución serán reprimidas según la gravedad del caso y de acuerdo con la Ley Provincial N° 4.802 y su Decreto Reglamentario Serie “B” N° 6896/83.
Queda prohibido el transporte y la comercialización de la especie. Solo se admite pesca y devolución, recomendando el uso de anzuelos lisos o sin rebarba.
La fecha de veda puede ser modificada de acuerdo a las condiciones climáticas o a otros factores que puedan modificar el equilibrio biológico.
Esto lo determinó la Dirección General de Bosques y Fauna de la provincia.
Creado:
28 enero, 2020